Hace aproximadamente un año se inició la prueba piloto de mediación intrajudicial en algunos juzgados sociales de Barcelona. Los juzgados de lo social son aquellos que gestionan temas ligados a relaciones laborales y convenios colectivos. La experiencia es intrajudicial cuando se desarrolla en los juzgados por derivación de los jueces, y cuando es gestionada por el equipo del observatorio de la mediación de la Universidad de Barcelona.
A pesar de la fantástica labor que se ha llevado a cabo por parte del equipo, aún queda mucho camino por hacer. De nuevo nos encontramos en que por un lado hay un cambio cultural respecto al conflicto en las empresas, y por otra parte, es necesario que los colaboradores y derivadores de la mediación, en este caso abogados y graduados sociales, crean y conozcan el papel de la mediación y cómo ésta puede dar respuestas a los conflictos en los que se encuentran las personas y las empresas.
En el seminario que tuvo lugar el día 23 y 24 de abril, Centro Mediación Barcelona, asistió y fue realmente todo un placer poder escuchar jueces como Lourdes Arastey, Ana Carrascosa de Miguel, Carlos Escribano y Sara Pose hablando del valor de la mediación y de cómo esta herramienta puede trabajar la parte del conflicto emocional, lo que las sentencias no pueden abordarse desde una base puramente jurídica.
Se presentaron datos importantes en relación a países como el Reino Unido donde el 80% de los conflictos laborales se resuelven mediante la mediación. En el caso de España es necesario que la normativa acompañe la posibilidad de resolver conflictos por vías alternativas dado que la normativa laboral tiene unos plazos de caducidad, respecto a determinados temas como el despido, muy ajustados. Además, actualmente no está previsto hacer modificaciones legales importantes. En relación a esta cuestión debemos valorar que actualmente una dificultad añadida de la mediación es la atomización legal que existe, tenemos normativas de mediación en consumo, en mercantil y civil en hipotecario, pero habría que hacer una unificación de criterios y disponer de una normativa común que estableciera la mediación no únicamente como una alternativa sino en muchos casos como primera opción, así como determinar criterios en relación a la interrupción del proceso judicial y de cómo incorporar los acuerdos de mediación en los procesos judiciales iniciados. Este tipo de definición ayudarían a dar y legitimizar la mediación frente a los ciudadanos y los diferentes agentes de justicia. Ana Carrascosa, en su fantástica intervención como magistrada de Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), pudo explicar la tarea que está haciendo actualmente el CGPJ formando e informando a los jueces y secretarios de lo que es la mediación, estableciendo protocolos de funcionamiento en relación a las posibles derivaciones y cómo integrar los posibles acuerdos de mediación. El criterio es que hay que formar a los jueces en mediación para que puedan entender y derivar casos a mediación, y por otra parte, el CGPJ tiene que trabajar en la línea de poder hacer valer económicamente la mediación y analizar qué ahorro puede tener en términos económicos la mediación en relación al modelo de justicia tradicional.
En este seminario pudimos contar con participantes que provenían del ámbito de empresa, graduados sociales, abogados de empresa y fue realmente muy interesante ver como en su presentación explicaban que querían entender qué era eso de la mediación. Además, en sus intervenciones finales hablaban de la mediación, de su poder y de la importancia de introducirla en la empresa como herramientas de prevención psicosocial.
En Humanas Salud Organizacional nos acompañamos de distintos profesionales expertos en Mediación para minimizar el riesgo Psicosocial que surge de los conflictos en la empresa.
Montse Mir, Abogada y Mediadora.
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