Teletrabajo en tiempos de COVID-19

El teletrabajo ha sido el derecho más reclamado por miles de trabajadores en España para poder conciliar durante la última década, sin embargo, sólo algunas empresas lo habían contemplado, pero ahora, debido a la pandemia, ha sido la medida implementada por casi todas las empresas para poder seguir operativas sin arriesgar la salud de los trabajadores.

Desde luego que atendiendo a LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales es la medida estrella para salvaguardar la seguridad y salud de los trabajadores en tiempos de COVID19, sin embargo, no podemos obviar que ha sido una medida totalmente improvisada y que no estamos contemplando las consecuencias para el futuro de este “parche” que hemos puesto con el teletrabajo.

En Humanas llevamos teletrabajando desde el 2014, año en el que se constituye la empresa. Y desde ese momento comenzamos a descubrir las ventajas y desventajas del teletrabajo. Para nosotros era clave poder teletrabajar, pues el talento no entiende de geografía, y siempre hemos estado deslocalizados, cada uno desde su casa, desde una provincia y comunidad autónoma, así que sabemos de los entresijos que requiere articular una buena estrategia para poder teletrabajar en buenas condiciones.

Pero vayamos por partes, la primera sorpresa fue descubrir que no existe un contrato como tal de teletrabajo. Ahora bien, el art.13 del Estatuto de los Trabajadores, establece que el teletrabajo debe estar regulado por escrito, por eso se redacta un anexo al contrato de trabajo, donde se establece la vivienda del trabajador como nuevo centro de trabajo, pero no sólo eso, además se sigue estableciendo un horario de trabajo y se realiza la evaluación de riesgos laborales del nuevo puesto de trabajo.

Estoy convencida de que pocas empresas han articulado por escrito esta nueva situación para con sus trabajadores, y es obligatorio, máxime cuando se ha implantado repentinamente para todos los trabajadores y no es un caso excepcional como sucedía antes.

Todos los aspectos legales que aquí expongo pueden comprobarlos en las distintas leyes a las que hago referencia, o consultar si tienen alguna duda más con mi compañero Fabián Valero del que sin duda aprenderán muchas cosas en materia de derecho laboral.

¿Y qué va a suceder después del covid19 con el teletrabajo?

Seguro que muchos se preguntan si después de esto las empresas todavía denegarán a sus trabajadores el teletrabajo, y la cuestión es que ahora se ha creado un precedente de que se puede teletrabajar, para poder conciliar, y para proteger la salud frente a la pandemia, así que después será muy difícil argumentar a las empresas causas objetivas para no conceder el teletrabajo a sus empleados.

Pero ojo, teletrabajar sí, pero eso no exime del incumplimiento de la LPRL, al menos una vez que se levante el estado de alarma, pues ahora, el Real Decreto-ley 8/2020 exonera a la empresa de hacer la evaluación de riesgos de laborales del puesto de trabajo, siendo el propio trabajador el responsable de hacer una autoevaluación y tomar las debidas medidas de PRL, pero en cuanto esto termine, la empresa debe verificar si el puesto de trabajo reúne las condiciones de SyS si se quiere seguir teletrabajando.

En ese momento, si el trabajador que quiere seguir teletrabajando se niega a que el TSPRL evalúe en su domicilio el puesto de trabajo habilitado para teletrabajar, la empresa podrá denegar al trabajador el teletrabajo.

Desde nuestra experiencia hemos comprobado que el teletrabajo no es para todo el mundo, permite conciliar, ahorra tiempos de desplazamiento, ahorra espacio en el centro de trabajo al empresario, etc…pero muchas personas acaban echando en falta el contacto social, y se necesita ser muy responsable para mantener un ritmo de trabajo, un horario y no sucumbir a cualquier interrupción que puedas tener en casa…(lavadoras, cocinar, niños…) por eso muchos trabajadores prefieren acudir al centro de trabajo.

En estos días veo como muchas de las personas que querían teletrabajar ahora se quejan de que lo que están haciendo no es lo que contemplaban como teletrabajo. Pensamos en el teletrabajo como un ahorro de desplazamientos y para poder conciliar, pero cuando tienes todo el día en casa a la familia el teletrabajo acaba agotándonos…resolver los deberes de los hijos, atender las responsabilidades domésticas, hacer reuniones con tu equipo mientras el “gato” transita delante de la videocámara, etc…no es lo que contemplábamos como teletrabajo.

¿Trabajas más horas con el teletrabajo?

Pero no sólo eso, de forma unánime vemos como la queja más reiterada es que se trabaja más, los empresarios no ven en esto un problema, pero todo esto acaba siendo un nuevo riesgo psicosocial a tener en cuenta, un nuevo tipo de burnout al que tendremos que poner también soluciones sino queremos minar la salud psicológica de nuestros trabajadores.

Por otro lado, no se lleva por parte del empresario un control horario y vigilancia adecuados, no hay protocolos para esto pues es una situación que nos sobrepasado, y el día a día siguen siendo urgentes otros temas, y simplemente damos al balón hacia delante, pues pensamos que al teletrabajar ya está todo solucionado.

Hemos olvidado que el art. 20.3 del E.T. no exime al teletrabajo del control horario, pero ¿cómo lo hacemos? Porque la norma permite cualquier medio admitido en derecho, siempre y cuando no se vulnere el derecho a la intimidad del trabajador, y esa hoja que estábamos cubriendo a mano en este momento se queda un poco fuera de juego.

Si queréis solventar el tema del control horario, os recomiendo que contactéis con E-Coordina, pues ellos son expertos en el control de presencia.

¿Existe la desconexión digital con el covid19?

Además de esos puntos, los trabajadores también se quejan de que al estar en casa parece que se les exige estar disponibles a cualquier hora, y esto es porque en su empresa seguramente no tengan implantado una política de desconexión digital como obliga el art. 88 de la ley orgánica de protección de datos, es más, también nos hemos olvidado de la ley de protección de datos. Muchas personas estarán teletrabajando con sus ordenadores, y ¿quién es ahora el encargado del tratamiento de datos? ¿qué sucede si hay fisuras en la seguridad?

Como podéis observar, teletrabajar no es coger el ordenador y trabajar desde casa, implica muchas más cosas, y no estábamos preparados, al menos no de un día para otro como ha sucedido en esta pandemia. Por eso os decía que ha sido una solución improvisada, pero que va siendo hora de comenzar a articular adecuadamente.

Casos de éxito del teletrabajo en la empresa

En el 2016 trabajamos con BGSE en la implementación del teletrabajo como medida de salario emocional en la empresa. La demanda más solicitada por los trabajadores en la evaluación de clima laboral era poder conciliar, y por ello se planteó el teletrabajo . Ahora bien, montar todo adecuadamente nos llevó cerca de un año, no es algo que se haga de un día para otro como hemos hecho ahora.

Si queréis ver todo el proceso de implementación del teletrabajo tenéis a vuestra disposición la presentación de su Head Manager, Marsel Neeuwsem, en el vídeo de Healthy Humans donde hablábamos de cómo el teletrabajo ayuda a la flexibilidad real y a la conciliación.

Y otra cosa muy importante, debemos comprender que para teletrabajar se necesita un periodo de adaptación a las nuevas formas, una formación e información de cómo será la nueva forma de trabajo, comenzar a trabajar por objetivos, y sobre todo, el teletrabajo no funcionará si no existe CONFIANZA.

La confianza en la base del teletrabajo, y debe ser recíproco. Pero como os decía antes, llevamos muchos años teletrabajando, y vemos que no todo el mundo vale para teletrabajar, una cosa es teletrabajar de forma puntual, pero esta pandemia requiere de mucho esfuerzo por todos los lados, y no estaría de más ir solventando todos los nuevos retos que trae consigo el teletrabajo, pues parece que el covid19 viene para quedarse, y la medida preventiva por defecto será #quédateencasa hasta que se pueda garantizar mayor seguridad para todos los trabajadores, es por ello, que todos aquellos empleados que su puesto de trabajo les permita teletrabajar seguirán haciéndolo, y por eso sus empresas deberían comenzar a tener en cuenta todos esos protocolos de los que hemos hablado.

En cualquier caso, si necesitáis ayuda para implementar el teletrabajo de forma ordenada y fiable, podéis consultarnos en el siguiente enlace https://www.humanas.es/servicio/consultoria-estrategica/

Mónica Seara – CEO Humanas Salud Organizacional


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